Corte tumba norma que impulsaba la Economía Popular
La Corte Constitucional declaró la inexequibildad de dos de los artículos del Plan Nacional de Desarrollo, Potencia Mundial de la Vida, con la que el Gobierno Nacional le había abierto la puerta de la contratación pública a los pequeños negocios y emprendimientos.
FINANZAS DE BOLSILLO
Por: Juan Armando Rojas
3/1/20262 min read


El espíritu de estos artículos que tumbó el tribunal es facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, mediante procedimientos más expeditos.
El objetivo, según voceros del Gobierno, es la democratización de los contratos con el Estado, permitiendo que sectores que nunca habían podido participar lo hagan con facilidad.
El siguiente es el comunicado oficial de respuesta a la Corte Constitucional, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente, que dirige Cristóbal Padilla.
Bogotá, febrero 26 de 2026. De acuerdo con el comunicado de prensa emitido por la honorable Corte Constitucional, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente informa a la ciudadanía que acata y dará estricto cumplimiento a la decisión adoptada por el alto tribunal mediante la cual se declararon inexequibles las disposiciones del Plan Nacional de Desarrollo que regulaban las Asociaciones Público Populares.
Como entidad técnica rectora del Sistema de Compra Pública, la Agencia respeta plenamente las decisiones judiciales y actuará conforme a lo dispuesto por el máximo tribunal constitucional, en observancia de los principios de legalidad, seguridad jurídica y separación de poderes.
No obstante, la Agencia considera que las Asociaciones Público Populares constituyen un instrumento orientado a ampliar la participación de actores de la economía popular y comunitaria en el mercado público, en armonía con el mandato constitucional de promover el acceso democrático a las oportunidades económicas. En ese sentido, si bien acatamos la decisión, mantenemos la convicción de que la inclusión productiva y la participación de pequeños actores en la contratación estatal son objetivos legítimos y necesarios para el desarrollo territorial y la equidad.
Asimismo, la decisión de la Corte no implica retrocesos en la política de democratización de la compra pública. Por el contrario, la Agencia continuará fortaleciendo los mecanismos previstos en la ley para promover:
o La participación de MiPymes en los procesos de contratación.
o La implementación de instrumentos de agregación de demanda con enfoque territorial.
o El uso estratégico de los Acuerdos Marco de Precios.
o La promoción de compras públicas con enfoque diferencial y sostenible.
o La transparencia, la libre concurrencia y la selección objetiva como pilares del sistema.
Colombia Compra Eficiente reafirma su compromiso con una contratación pública transparente, eficiente, incluyente y alineada con los principios constitucionales, y continuará trabajando articuladamente con las entidades del Estado para garantizar que la compra pública sea una herramienta efectiva de desarrollo económico y social.
